Cambiar una orden de un condado o estado diferente
Si desea cambiar su orden de manutención infantil, tiempo de crianza o custodia, pero su orden fue emitida en un condado o estado diferente, debe tomar medidas adicionales para solicitar el cambio que desea.
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https://ccdrc.ohiolegalhelp.org/es/topic/cambiar-una-orden-de-un-condado-o-estado-diferenteLink
Una orden que se emitió en un condado o estado diferente se denomina orden “extranjera” en el Tribunal de Relaciones Domésticas del Condado de Cuyahoga.
Si desea solicitarle al Tribunal que cambie una orden extranjera, deberá presentar un conjunto adicional de formularios y pagar una tarifa de presentación adicional.
Antes de tomar esas medidas, quizá quieras considerar las siguientes preguntas:
- ¿Debería volver al tribunal original? En algunos casos, es más fácil acudir al tribunal que emitió la orden original y solicitarle el cambio que desea. También puede consultar con un abogado para hablar sobre sus opciones.
- ¿Cumple los requisitos para el cambio? En este sitio, puede obtener información sobre cómo modificar la manutención infantil , el régimen de visitas y la custodia en el condado de Cuyahoga. Asegúrese de cumplir con los requisitos para el cambio que desea.
Si cree que cumple con los requisitos y desea solicitarle al Tribunal que cambie su orden extranjera, deberá presentar 2 juegos de documentos:
- Una petición para registrar su orden existente. Debe presentar un formulario solicitando al Tribunal que registre su orden, ya que fue emitida por un tribunal diferente. Puede usar el Asistente de Formularios en este sitio para completar los formularios necesarios para crear una Petición para Registrar una Orden Extranjera . Presente su petición completa ante el Secretario del Tribunal. Hay una tarifa de $200 para presentar la petición.
- Una moción para el cambio que desea. Además de la petición para registrar su orden existente, deberá presentar una moción solicitando al Tribunal el cambio que desea. Puede usar los Asistentes de Formularios de este sitio para completar los formularios necesarios para crear una Moción para Cambiar la Manutención Infantil , una Moción para Cambiar la Custodia o una Moción para Cambiar el Tiempo de Crianza . También hay una tarifa para presentar la moción: $50 si solicita un cambio en la manutención infantil o el tiempo de crianza, y $200 si solicita un cambio en la custodia a partir del 1 de marzo de 2024.
Puede presentar ambos conjuntos de formularios al mismo tiempo o puede presentar primero la Petición para registrar una orden extranjera.
Completar y archivar la documentación
Puede usar los Asistentes de Formularios de este sitio para completar los formularios que necesita presentar ante el Tribunal. Utilice los formularios que le correspondan:
- Petición para registrar una orden extranjera
- Moción para cambiar la manutención de los hijos
- Moción de cambio de custodia
- Moción para un cambio en el tiempo de crianza
Los asistentes de formulario tienen la información que necesita incluir en su petición y moción.
También puede encontrar información sobre órdenes extranjeras de custodia o tiempo de crianza en la Regla local 30 y órdenes extranjeras de manutención en la Regla local 31.
Una vez que haya completado los formularios y esté listo para presentarlos:
- Imprima sus formularios completos. Puede imprimirlos en cualquier Biblioteca Pública de Cleveland por 0.10 por página. Los miércoles, también puede imprimirlos en la Biblioteca de Derecho , ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia del Condado de Cuyahoga, en 1 W. Lakeside Ave. Puede imprimir hasta 25 páginas gratis en la Biblioteca de Derecho. Hay una tarifa de 0.20 por página adicional. Le recomendamos hacer al menos una copia adicional de sus formularios para sus registros.
- Después de imprimir sus formularios, deberá firmarlos ante un notario. La Biblioteca Jurídica cuenta con personal que puede certificar sus formularios. También puede encontrar un notario buscando en su navegador "un notario cerca de mí". El Centro de Ayuda del Tribunal de Relaciones Domésticas también cuenta con personal que puede certificar sus formularios.
- Lleve sus formularios completos, firmados y notariados al Secretario del Tribunal. El Secretario del Tribunal de Relaciones Domésticas se encuentra en la planta baja del Palacio de Justicia del Condado de Cuyahoga, en 1 W. Lakeside Ave.
- Entregue al secretario sus formularios para que los presente. También deberá pagar las tasas de presentación en este momento. A partir del 1 de marzo de 2024, el costo de presentar la petición para registrar una orden extranjera es de $200. El costo de presentar una moción para modificar la manutención infantil o el tiempo de crianza es de $50 y el costo de presentar una moción para modificar la custodia es de $200.
También tiene la opción de presentar sus formularios electrónicamente. Para más información sobre la presentación electrónica, contáctenos con el Secretario del Tribunal del Condado de Cuyahoga.
Si tiene bajos ingresos y no puede pagar las tasas de presentación, puede optar por agregar una Declaración Jurada de Exención de Tasas Civiles o una Declaración Jurada de Pobreza para crear un formulario adicional que pueda presentar junto con su paquete de documentos. Este formulario le permite presentar sin pagar una tasa por adelantado. Es posible que aún deba pagar la tasa al final del caso.
Si tiene preguntas sobre el proceso de presentación de su petición o moción, puede comunicarse con el Centro de ayuda al (216) 443-8880.
“Entregar” los papeles
El tribunal debe informar al otro progenitor sobre los documentos que usted ha presentado. Esto se denomina "notificación judicial".
Uno de los formularios que deberá completar le pregunta cómo desea que se le notifiquen. En el condado de Cuyahoga, el método de notificación preferido es el correo certificado. Obtenga más información sobre la notificación de documentos judiciales.
Haga un seguimiento con la oficina del Secretario del Tribunal después de aproximadamente 10 días hábiles para asegurarse de que se haya completado el servicio.
Espere la respuesta del otro padre
Una vez completada la notificación, el otro progenitor tendrá la oportunidad de impugnar su petición. El plazo para impugnar una petición de registro de una orden extranjera es:
- 20 días para la manutención de los hijos, o
- 30 días para la custodia o tiempo de crianza.
Si el otro progenitor no impugna la petición a tiempo, el Tribunal podrá registrar la orden extranjera, siempre que haya cumplido con los requisitos legales.
Puede encontrar más información sobre cómo impugnar una petición de registro de una orden extranjera en la Regla local 30 y la Regla local 31.
Ir a la audiencia
Si el otro padre impugna su petición a tiempo, el Tribunal programará una audiencia.
Debe asistir a la audiencia. De lo contrario, es probable que el tribunal falle a favor del otro progenitor. Infórmese sobre cómo prepararse para la audiencia, incluyendo qué hacer y qué no hacer en las audiencias virtuales.
En la audiencia, usted deberá explicar por qué el Tribunal tiene la autoridad para realizar los cambios que desea.